¿Cataluña independiente? (VII) La exclusión de la UE

Dentro de la desgraciada politica de comunicación del Gobierno Rajoy, a menudo inexistente, sorprende que la exclusión de la Cataluña independiente, de la Unión Europea, apenas haya sido argumento alguno que presentar, desde Bruselas, Estrasburgo o Madrid, en toda esa triste sucesión de disparates, cuando era, si no la más justa, sí la más contundente y convincente de las respuestas. El artículo 4. 2 del Tratado de la UE es bien claro al respecto: La Unión respetará (…) las funciones esenciales del Estado, especialmente las que que tienen por objeto garantizar su integridad territorial… Los nombres de los Estados de la Unión se incluyen en el artículo 52. 1 del mismo Tratado, y para modificar la lista es necesaria la aprobación unánime de los Estados miembros y la unánime ratificación de los mismos. Con esto está dicho todo. Los ciudadanos europeos son aquéllos que tienen la nacionalidad de un Estado miembro, pues la ciudadanía europea se añade a la ciudadanía nacional sin sustituirla (art. 9 del TUE). En marzo del año 2004, la Comisión Europea, ante la pregunta de una eurodiputada laborista, respondió que cuando una parte del territorio de un Estado miembro deja de formar parte de ese Estado (…,), los tratados dejarán de aplicarse a ese Estado y será un tercer Estado, como es el caso presente de Andorra, el Vaticano o Kosovo, que es a donde conduce la locura del independentismo catalanista actual. Lo repitió, demasiado tarde, el presidente de la actual Comisión, Durao Barroso, en noviembre de 2012 y lo ha repetido con énfasis en la misma Barcelona el comisario español Almunia, el 16 de este mes. Uno recuerda en este momento con pena y decepción al europeísta acendrado que fue Jordi Pujol y a mi compañero de filas, el filósofo Rubert de Ventós, hoy en la vanguardia del independentismo exacerbado. Ellos no ignoraban ni ignoran la realidad . Los dos, como otros muchos, se han puesto la barretina por montera.