¿Cataluña independiente? (VI) El ejemplo del mundo

Se empeñan muchos independentistas y afines en sostener que la Organización de las Naciones Unidas defiende en sus textos el derecho de autodeterminación de los Pueblos. Pero un estudio tras otro de la ONU, que he estudiado a fondo, sostienen siempre lo contrario. Sólo se refieren a situaciones de Pueblos en situaciones coloniales, de conquista (como el de Kuwait por Iraq) o de opresión manifiesta. Se daría, además, de bruces tal supuesto derecho con el principio inalterable de la Carta de las Naciones Unidas sobre la integridad de los Estados miembros. ¿Alguien puede creer que China, Rusia, Irán, India, Indonesia, Brasil, Méjico, Sudán, Argelia, Egipto, Francia, Italia… iban tolerar el derecho de la autodeterminación de los Pueblos? Con ese derecho en vigor, la ONu no hubiera existido. La excepción fue la de la Unión Soviética, de los Lenin y Stalin, hasta su desaparación. El teórico derecho de autodeterminación, fijado en su Constitución, estaba bien neutralizado por el partido y el ejército comunistas, que hacían  real sólo lo que el dictador de turno quería.  A esa excepción de antaño hemos de añadir en la actualidad la Constitucion de Etiopía, de 1995, aprobada dos años después de que un referéndum en Eritrea, la parte marítima, la más rica, del País le hubiera dado la independencia. Etiopía fue durante todos esos años, y también posteriores, el País de las hambrunas, de las guerras civiles y exteriores (con Somalia) interrminables, de los derrocamientos de gobiernos, de las crisis permanentes. Ese derecho de autodeterminación de sus Nations, Nationalitys and Peoples en un País de 9 Estados federados y dos entes autónomos, no sabemos qué quiere decir. ¿Con qué libertad democrática y autónoma se decidió eso en 1995?