El 51 por ciento

Algunos diarios recuerdan hoy que los nacionalistas catalanes de CIU presentaron hace unos meses una enmienda a la proposición de ley de modificación de la iniciativa popular en el Congreso y en el Senado, pidiendo una participación superior al 50 por ciento en las consultas populares para que éstas pudieran ser válidas. Pero el testimonio más apabullante en contra de una reducida participación en cualquier referéndum nos viene de la boca del mismo presidente del Gobierno español, el 1 de febrero de 2005, en su intervención parlamentaria contra el llamado “Plan Ibarretxe”. Como se trata, objetivamente, de una crítica radical del resultado del referéndum catalán (con un 48´85% de participación) y la cosa va a ser probablemente noticia en los próximos referenda de otros Estatutos, quiero que conste aqui también:
“Salvo estos veinticinco años, nuestra historia constitucional es un recetario de fracasos, una gran página de fracasos. ¿Saben por qué? Todos lo sabemos, porque todos lo conocemos: porque normalmente se hicieron constituciones de partido, se hicieron nom as políticas con el 51 por ciento, y las normas políticas con el 51 por ciento para ordenar la convivencia acaban en el fracaso (Aplausos). Esa es la diferencia, que uno puede, con toda legitimidad, gobernar con el 51 por ciento, pero para construir con legitimidad un orden político, una norma constitucional básica -me da igual que sea una constitución o un estatuto político, busquemos la definición que queramos-, no sirve el 51 por ciento”.